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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249317
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 227
APELACION, AMPARO CONTRA LA FORMA DE ADMISION DE LA. CAMBIO DE SITUACION JURIDICA QUE DEJA IRREPARABLEMENTE CONSUMADAS LAS VIOLACIONES RECLAMADAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 227
Cuando se dicta sentencia de segunda instancia que resuelve la apelación en cuanto al fondo, opera un cambio de situación jurídica que deja irreparablemente consumadas las violaciones reclamadas en el amparo, consistentes en determinar si dicha apelación debió admitirse en ambos efectos o sólo en el devolutivo, ya que no sería posible decidir en el juicio de garantías, sin afectar la nueva situación jurídica creada por esa sentencia, por lo que es de estimarse que sobrevino la causal de improcedencia prevista en la fracción X, del artículo 73 de la Ley de Amparo, y en consecuencia procede sobreseer en el juicio con base en la fracción III, del artículo 74 del propio ordenamiento legal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 262/84. Aurelio Vázquez Rubio. 7 de septiembre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: Elías H. Banda Aguilar.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "APELACION CIVIL. CAMBIO DE SITUACION JURIDICA QUE DEJA IRREPARABLEMENTE CONSUMADAS LAS VIOLACIONES RECLAMADAS.".