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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249325
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 245
LEYES FEDERALES, SUPREMACIA DE LAS, RESPECTO DE LAS LEYES LOCALES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 245
Para poder ejercitar con base en el artículo 19 de la Ley del Impuesto sobre Producción y Consumo de Cerveza, la acción de nulidad a través del juicio de revisión fiscal, no es necesario obtener previamente de la Tesorería General del Estado, la declaración de exención, a pesar de que así lo dispongan las leyes locales, porque es evidente que conforme a los principios de especialidad de las normas jurídicas y supremacía de la Constitución y de las leyes emanadas de ésta, la vigencia y aplicación del citado artículo 19 -el cual es de carácter especial y federal- no puede quedar condicionada a las disposiciones de índole local y genérica que le sirvieron de fundamento a la resolución reclamada en el juicio de revisión fiscal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 666/82. Cervecería Cuauhtémoc, S.A. 2 de diciembre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: J. Guadalupe Torres Morales. Secretario: Elías H. Banda Aguilar.