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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249327
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 247
MILITARES. VOTACION DE LOS CONSEJOS DE GUERRA ORDINARIOS. AMPARO INDIRECTO IMPROCEDENTE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 247
Conforme al Código de Justicia Militar, en los casos de la competencia de los Consejos de Guerra Ordinarios, el resultado de la votación a los interrogatorios, relativos a la comprobación de los delitos motivo del proceso así como la responsabilidad penal del acusado en su comisión, sometidos a su consideración por el Juez Militar instructor, con base en las conclusiones acusatorias del Ministerio Público Militar, no pueden reclamarse aisladamente, a través del juicio de amparo indirecto, porque constituyen un acto procesal que forma parte de la sentencia con la que culmina el juicio; o sea, que engrosada ésta por el Juez instructor, debe combatirse la misma en su integridad a través del recurso de apelación que al efecto establece la ley castrense, en el artículo 826, fracción III, pues solamente las sentencias pronunciadas por los Consejos de Guerra Extraordinarios, por no ser apelables, en términos de lo que dispone el artículo 717 del Código de Justicia Militar, pueden reclamarse directamente, a través del juicio de amparo.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 199/83. Hermilo Arizmendi Nava. 29 de noviembre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix. Secretario: Tereso Ramos Hernández.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO INDIRECTO IMPROCEDENTE. LA VOTACION DEL INTERROGATORIO POR UN CONSEJO DE GUERRA ORDINARIO, FORMA PARTE DE LA SENTENCIA.".