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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249339
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 261

VIOLACION PROCESAL. CASO EN QUE DEBE ESTUDIARSE POR EL TRIBUNAL DE ALZADA EN LA APELACION CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 261

Precedentes

Amparo directo 1660/83. Adeodato Sánchez Buena y coagraviado. 10 de noviembre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: José Rojas Aja. Secretario: Eliseo Carrillo Bracamontes.
Registro digital (IUS): 249339