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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249345
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 273
SEGURO SOCIAL, CONSEJO TECNICO DEL. CARECE DE FACULTADES PARA CREAR ORGANOS CON FUNCIONES DE AUTORIDAD.
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 273
El Instituto Mexicano del Seguro Social es un organismo descentralizado cuya función primordial estriba en la prestación de servicios de seguridad social, y tiene personalidad jurídica y patrimonio propios; sus recursos financieros se integran con un porcentaje otorgado por el Estado y con las llamadas cuotas obrero-patronales. A dichas cuotas se les atribuye naturaleza fiscal, para efectos de su cobro; por esta razón y sólo para los efectos indicados, el instituto asume el carácter de autoridad; es decir, tiene doble actuación: como prestador de servicio y como autoridad. Sentado lo anterior, cabe señalar que si bien es cierto que conforme al artículo 253, fracción VI, de la ley de la materia, el Consejo Técnico de dicho instituto tiene facultades para expedir reglamentos interiores, tal disposición resulta aplicable, únicamente, cuando ejerce las funciones señaladas en primer término; o sea, para la creación de órganos internos puramente administrativos; sin embargo, el aludido consejo carece de facultades para crear organismos que, como la Jefatura de Auditoría a Patrones o el Departamento de Verificación realicen funciones fiscales, puesto que en este aspecto, asumen el carácter de autoridades, y, por ende, deben ser creados conforme a derecho, es decir, a través del órgano estatal competente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 163-168, página 143. Amparo en revisión 1652/81. El Cuarteo, S.A. 1o. de julio de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretaria: Margarita Beatriz Luna Ramos.
Volúmenes 163-168, página 143. Amparo en revisión 268/82. Constructores e Ingenieros, S.A. 26 de agosto de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos de Silva Nava. Secretario: Isaías Corona Ortiz. Secretario: Isaías Corona Ortiz.
Volúmenes 181-186, página 258. Amparo en revisión 332/83. Transportes Norte de Sonora, S.A. de C.V. 23 de junio de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos de Silva Nava. Secretario: Isaías Corona Ortiz.
Volúmenes 181-186, página 186. Amparo en revisión 505/82. Constructores e Ingenieros, S.A. 3 de mayo de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: José Javier Morales Martínez.
Volúmenes 181-186, página 186. Amparo en revisión 522/84. Felipe Consuelo Sánchez y otro. 15 de junio de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Adolfo O. Aragón Mendía. Secretario: Isaías Corona Ortiz.