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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249352
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 16
ACCION REIVINDICATORIA. NULIDAD DE TITULOS. IMPROCEDENTE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 16
La acción reivindicatoria ejercitada por el actor, de resultar improcedente, en razón de que el demandado haya demostrado que tenía la posesión del inmueble con fecha anterior a la del título de propiedad del actor, no autoriza a declarar la nulidad del contrato de compraventa por virtud del cual el actor adquirió el inmueble, si el demandado en el juicio reivindicatorio no demostró los elementos de la acción de nulidad que ejercitó, ni tampoco la hizo valer contra el causante de su contrario, quien por esa razón no tuvo oportunidad de ser oído y vencido en juicio.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 417/83. Carlos Rincón Medina. 29 de agosto de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Magaña Cárdenas. Secretario: Rita Armida Reyes Herrera.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "ACCION REIVINDICATORIA. NULIDAD DE TITULOS.".