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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249354
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 17
ACTO RECLAMADO NEGATIVO. SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO DE NULIDAD DECRETADO POR LA SALA FISCAL RESPONSABLE. NO TIENE AQUEL CARACTER.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 17
El hecho de haberse sobreseído el juicio de nulidad no hace que la naturaleza de tal acto reclamado sea de carácter negativo, en virtud de que se configura tal circunstancia cuando el acto consista en una omisión o abstención de la autoridad responsable y no en una resolución expresa, como la constituye el aludido sobreseimiento, aunque en ella se omita el estudio del fondo del negocio.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 534/83. Constructora Lomas Aguila, S.A. 19 de octubre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Tirado Ledesma. Secretario: María Elena Segovia Díaz de León.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "ACTO RECLAMADO DE CARACTER NEGATIVO, EL SOBRESEIMIENTO DECRETADO POR LA SALA FISCAL RESPONSABLE NO TIENE EL CARACTER DE.".