Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/249382
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249382
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 33
ARRENDAMIENTO. CLAUSULA QUE ESTIPULA EL AUMENTO DE LA RENTA AL FINALIZAR EL PLAZO PACTADO. NO CONSTITUYE PENA CONVENCIONAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 33
Es de explorado derecho que las partes pueden convenir en los contratos de arrendamiento las estipulaciones que estimen pertinente con relación al monto del precio de la renta durante su vigencia; por lo que si se pacta con antelación que al concluir el plazo normal del arrendamiento se pagaría mensualmente una cantidad determinada, en vez de la inicialmente acordada, aunque exceda y sea ampliamente discrepante de la primera, la última no puede considerarse en calidad de pena convencional, al tenor de lo que dispone el artículo 1840 del Código Civil, toda vez que no constituye una prestación cierta que se impone a uno de los contratantes cuando este no cumpla o deje de cumplir las obligaciones convenidas; sino simplemente, como se anota, deviene en el aumento del monto de la renta concertado de antemano, pues opera al finalizar la normal duración del contrato arrendaticio respectivo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1338/83. 28 de octubre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor Gutiérrez.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. LA CLAUSULA QUE ESTIPULA EL AUMENTO DE LA RENTA AL FINALIZAR EL PLAZO PACTADO, NO CONSTITUYE PENA CONVENCIONAL.".