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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249392
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 40
AUDIENCIA DE CONCILIACION, DEMANDA Y EXCEPCIONES, OFRECIMIENTO Y ADMISION DE PRUEBAS, DIFERIMIENTO NEGADO DE LA. CAMBIO DE SITUACION JURIDICA INEXISTENTE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 40
Es inexacto que la continuación del procedimiento ante la Junta, después de negar a la parte demandada el diferimiento de la audiencia de demanda y excepciones, implique un cambio de situación jurídica que haga improcedente el amparo en contra del acuerdo en que pronunció tal negativa, pues los efectos restitutorios de la sentencia de amparo, en el caso de que se conceda la protección federal, determinarán la nulidad de lo actuado a partir del acto reclamado y la reposición del procedimiento, conforme al artículo 80 de la ley de la materia. De no ser así carecería de objeto el amparo contra toda clase de actos en el juicio, dado que el procedimiento no se suspende en ningún caso por ser de orden público.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 218/83. Corporación de Ingeniería y Construcción, S.A. de C.V. 4 de agosto de 1983. Ponente: Rafael Pérez Miravete. Secretario: Rogelio García Angeles.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "CAMBIO DE SITUACION JURIDICA EN EL JUICIO LABORAL.".