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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249419
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 55

CONSTITUCION, VIOLACIONES A LA. NO SON CONVALIDABLES BAJO NINGUN SUPUESTO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 55

Precedentes

Amparo directo 976/81.Comisión Federal de Electricidad. 9 de agosto de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Roberto Terrazas Salgado.
Registro digital (IUS): 249419