Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/249425
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249425
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 59

COSA COMUN INDIVISIBLE POR DISPOSICION DE LA LEY (FRACCIONAMIENTOS). IMPROCEDENCIA DE LA ACCION DE PARTICION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 59

Precedentes

Amparo en revisión 430/83. Javier González Ortega. 7 de julio de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Villegas Vázquez. Secretario: Guillermo Campos Osorio. Nota: En el Informe de 1983, esta tesis aparece bajo el rubro "COSA COMÚN, IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE.".
Registro digital (IUS): 249425