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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249453
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 79
DESAHUCIO, IMPROCEDENCIA DE LA ACCION DE, SIN EL DOCUMENTO CONTRACTUAL RELATIVO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 79
La base del juicio de desahucio es la existencia del contrato de arrendamiento del predio cuya desocupación se pretende, y cuando el actor no tiene en su poder el documento que contiene dicho contrato por ostentar el carácter de depositario administrador u otro análogo, antes de promover el juicio debe agotar los medios preparatorios establecidos por los artículos 195 y 196 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, o en forma extraordinaria demostrar la existencia del contrato previamente, mediante prueba apta de acuerdo a lo que establece el artículo 537 del código en comento.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 607/83. Samuel Vaquero Cruz. 21 de octubre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Gómez Mercado. Secretario: Fernando Amorós Izaguirre.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "DESAHUCIO, IMPROCEDENCIA DE LA ACCION DE.".