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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249470
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 88
EMPLAZAMIENTO EN EL DOMICILIO DEBIDO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 88
Debe considerarse como correcto el emplazamiento que práctica el actuario, en donde además de precisar en su razón el día, la hora y el lugar en el que se constituyó y de especificar cómo se cercioró de que ese era el domicilio de la empresa demandada, señaló que tuvo a la vista el Registro Federal de Causantes, de manera que no existió duda de que actúo en el domicilio correcto.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 275/83. Provial, S.A. de C.V. 28 de julio de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: José Manuel Tapia Acebrás.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "EMPLAZAMIENTO.".