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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 89
EMPLAZAMIENTO. SUPLETORIEDAD INOPERANTE DE LA LEY LOCAL AL CODIGO DE COMERCIO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 89
La supletoriedad a la legislación mercantil sólo opera cuando existe una omisión o laguna de la misma, en determinada institución de la materia que si contempla la codificación local. De donde, como el artículo 1393 del Código de Comercio contempla con suma claridad con que personas se practicará el emplazamiento y embargo en ausencia del deudor, la primera parte del segundo párrafo del artículo 117 del Código de Procedimientos Civiles de Baja California no es supletoria del artículo aludido del Código de Comercio.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 106/83. Delia C. de Alemán. 28 de septiembre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Gregorio Vázquez González. Secretario: José Albino Araiza Lizárraga.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "EMPLAZAMIENTO. CUANDO NO HAY SUPLENCIA DE LA LEY LOCAL AL CODIGO DE COMERCIO.".