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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249504
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 114
INFORMES DE LAS RESPONSABLES, FALTA DE ACUERDO SOBRE LOS. CONSTITUYE UNA VIOLACION PROCESAL QUE AMERITA LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 114
Si en autos no aparece acuerdo alguno mediante el cual se hubiera ordenado mandar a agregar los informes de las responsables, ni se dio cuenta con los mismos en la audiencia, ya que sólo se agregaron materialmente al juicio, debe concluirse que se dejó en estado de indefensión al quejoso recurrente, porque éste no conoció el contenido de los multicitados informes, a fin de tener oportunidad de aportar las pruebas conducentes o hacer valer los derechos que estimara favorables a sus intereses y, además, para poder redargüirlos; por todo lo cual, este Tribunal Colegiado considera que el a quo, al llevar a cabo la audiencia, violó en perjuicio del recurrente las reglas fundamentales del procedimiento del juicio de amparo y, por consiguiente, dejó sin defensa al quejoso recurrente, influyendo esta omisión en la resolución que emitió. Consecuentemente, se está en el caso de ordenar la reposición del procedimiento.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 425/82. Lauro Hernández Méndez. 21 de octubre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Vicente Munguía Díaz. Secretario: Jorge Valencia Méndez.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 169-174, página 104. Incidente en revisión 46/82. Lauro Hernández Méndez. 25 de marzo de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretario: Justino Baltazar Castellanos.
Volúmenes 169-174, página 235. Amparo en revisión 147/80. Israel Sánchez Hernández. 31 de octubre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: Gustavo Meixueiro Flores.