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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249523
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 127
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE GIRO MERCANTIL COMO REQUISITO INDISPENSABLE PARA ACREDITAR EL INTERES JURIDICO EN EL AMPARO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 127
La licencia correspondiente es la que engendra la titularidad del derecho para el funcionamiento de negocios mercantiles y por ende, su interés jurídico legalmente protegido, motivo por el cual la lesión a un simple interés, sin tutela legal directa, es decir, sin que la ley lo proteja con vista a la situación específica en que aquella pueda encontrarse, hace improcedente el juicio de garantías.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 240/83. Isidro Rivera Tosca. 27 de octubre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Gilberto Vargas Chávez. Secretaria: Rosa Edilia Quevedo Ramos.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "INTERES JURIDICO EN EL AMPARO, LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE GIRO MERCANTIL COMO REQUISITO INDISPENSABLE PARA ACREDITAR EL.".