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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249524
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 128
LITIS ANTE EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 128
Si bien es cierto que las Salas del Tribunal Fiscal de la Federación al resolver los juicios que les son sometidos deben atenerse a la litis planteada en los recursos interpuestos ante las autoridades demandadas, ello no debe llevarse al extremo de negarse a estudiar y decidir cuestiones que el causante estuviese impedido para proponer en el correspondiente recurso administrativo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 887/80. Maquinaria Ruiz. 21 de septiembre de 1983. Mayoría de votos. Ponente: J. S. Eduardo Aguilar Cota. Secretario: Ricardo Rivas Pérez.