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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249547
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 147

PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA. DEBE TOMARSE EN CONSIDERACION EL SALARIO MINIMO VIGENTE EN EL MOMENTO DE LA EJECUCION DEL DELITO, PARA SUS EFECTOS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 147

Precedentes

Amparo directo 178/83. Amado González Remedios y Félix Arteaga Valerio. 27 de septiembre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: J. Jesús Duarte Cano. Secretaria: María del Carmen Villanueva Zavala. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "PENA. SU INDIVIDUALIZACION. DEBE TOMARSE EN CONSIDERACION EL SALARIO MINIMO VIGENTE EN EL MOMENTO DE LA EJECUCION DEL DELITO, PARA SUS EFECTOS.".
Registro digital (IUS): 249547