Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/249558
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249558
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 154

POSESION. DESALOJO DEL QUEJOSO SUFICIENTE PARA ACREDITARLA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 154

Precedentes

Amparo en revisión 286/83. Margarita Sandoval Sánchez de Valdez. 8 de septiembre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretaria: María Guadalupe Gama Casas. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 163-168, página 113. Amparo en revisión 120/82. Francisco García Quintana. 3 de septiembre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION, EL DESALOJO DEL QUEJOSO ACREDITA LA.".
Registro digital (IUS): 249558