Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/249579
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249579
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 170

PRUEBAS, AUTO DE ADMISION DE LAS. QUEJA IMPROCEDENTE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 170

Precedentes

Queja 30/83. Antonio Gálvez Aguilar. 9 de noviembre de 1983. La publicación no señala el sentido de la votación. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Carlos Fuentes Valenzuela. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS. AUTO QUE LAS ADMITE. QUEJA IMPROCEDENTE.".
Registro digital (IUS): 249579