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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249588
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 178

RECONVENCION. SU EJERCICIO NO IMPLICA SUMISION TACITA A LA COMPETENCIA DEL JUEZ EMPLAZANTE, CUANDO SIMULTANEAMENTE SE OPONE LA EXCEPCION DE INCOMPETENCIA (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 175-180, Sexta Parte; Pág. 178

Precedentes

Amparo en revisión 277/83. Mueblería Neva, S.A. 10 de noviembre de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Vicente Munguía Díaz. Secretario: Jorge Valencia Méndez.
Registro digital (IUS): 249588