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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249677
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 17
AGUA, QUINCE POR CIENTO ADICIONAL SOBRE DERECHOS DE, EN EL DISTRITO FEDERAL. SI ESTA PREVISTO EN LA LEY.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 17
Aun cuando la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal del año de 1978 no prevé el 15% adicional sobre derechos, sí lo hacen las reformas a la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal que se publicaron en la misma fecha que la Ley de Ingresos, por lo que el 15% adicional resulta un impuesto que tiene por objeto el pago de impuestos y derechos, en términos de la Ley de Ingresos, en relación con el 931 de la ley de hacienda, y su cobro es legal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1058/82. María Regina Rodríguez. 7 de abril de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Castro Reyes. Secretaria: Martha Moyao Núñez.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "QUINCE POR CIENTO ADICIONAL SOBRE DERECHOS DE AGUA EN EL DISTRITO FEDERAL. SI ESTA PREVISTO EN LA LEY.".