Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/249686
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249686
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 21

AGRAVIOS, SUPLENCIA DE LOS, EN APELACION PENAL, VIOLATORIA DE GARANTIAS INDIVIDUALES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo directo 741/81. José Luis Romero Miranda. 19 de enero de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Moisés Duarte Aguíñiga. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "AGRAVIOS, SUPLENCIA DE LOS, VIOLATORIA DE GARANTIAS INDIVIDUALES.".
Registro digital (IUS): 249686