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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249690
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 23

AMPARO PENAL EXTEMPORANEO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo directo 128/83. Antonio Mendieta Hernández. 24 de marzo de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Gerardo Rafael Castillo Marroquín. Informe 1971, página 213. Amparo directo 110/71. Francisco Orduña Ceballos. 6 de agosto de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hidalgo Riestra. Informe 1971, página 213. Amparo penal 49/71. J. Dolores Limones Ortega. 26 de julio de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hidalgo Riestra. Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO EXTEMPORANEO.".
Registro digital (IUS): 249690