Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/249735
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249735
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 53
COMPRAVENTA, RESCISION DEL CONTRATO DE, POR EL VENDEDOR. EXHIBICION DE LA CANTIDAD QUE RECIBIO COMO PARTE DEL PRECIO. NO ES UN ELEMENTO DE LA ACCION (LEGISLACION DEL ESTADO DE HIDALGO).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 53
La circunstancia de que el actor no exhibiera la cantidad que recibió como enganche en el contrato de compraventa, no es un elemento de la acción rescisoria que intentó, fundada en que el comprador no pagó el saldo del precio en la fecha señalada, pues no es una condición primordial para su ejercicio que genere su improcedencia, sino una consecuencia de la misma, materia de la sentencia, que es donde al declararse la rescisión de la venta, se sientan las bases para que los contratantes se restituyan las prestaciones que se hubieran hecho, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2293 del Código Civil del Estado de Hidalgo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 281/83. Jorge Estrada Tavera. 25 de mayo de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Marta Lucía Ayala León. Secretario: Martín Amador Ibarra.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "RESCISION DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA, LA EXHIBICION DE LA CANTIDAD QUE RECIBIO COMO PARTE DEL PRECIO EL VENDEDOR, NO ES UN ELEMENTO DE LA ACCION DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE HIDALGO).".