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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249746
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 65
DEMANDA DE AMPARO, AMPLIACION DE LA. RECURSO DE QUEJA PROCEDENTE CONTRA AUTO QUE DENIEGA SU ADMISION.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 65
Para los efectos del trámite y resolución del juicio de amparo, la ampliación de la demanda forma parte de la propia demanda; sin embargo, para que exista tal unidad es necesario que dicha ampliación se haya admitido, pues de lo contrario se constituye en una simple promoción cuyo acuerdo sólo puede ser recurrido a través de la queja establecida en el artículo 95, fracción VI, de la Ley de Amparo, pues se trata de resolución dictada por el Juez de Distrito durante la tramitación del juicio de amparo, que no admite expresamente el recurso de revisión que consagra el artículo 83 del ordenamiento legal invocado y que por su naturaleza trascendental y grave puede causar daño o perjuicio no reparable en la sentencia definitiva.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 1658/82. Sociedad Cooperativa Transportes Los Mochis S.C.L. 20 de junio de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretaria: Margarita Beatríz Luna Ramos.