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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249759
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 72

DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE. NECESIDAD DE PRECISAR EN LA DEMANDA CUAL ERA DICHO DOMICILIO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 72

Precedentes

Amparo directo 361/82. Juan José Ortiz Camarena. 12 de enero de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: J. Espiridión González Mejía. Secretario: Armando Allende Cabral. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "DOMICILIO CONYUGAL. NECESIDAD DE PRECISARLO EN LA DEMANDA.".
Registro digital (IUS): 249759