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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249766
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 77

EJECUCION DE SENTENCIAS. SOLO DEBE REALIZARSE A PETICION DE PARTE, SEGUN EL ARTICULO 463 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE NUEVO LEON.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 77

Precedentes

Amparo en revisión 593/82. Rubén Jaime Flores Martínez. 6 de mayo de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Sánchez Fitta.
Registro digital (IUS): 249766