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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249779
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 86

FALLECIMIENTO DEL QUEJOSO, SOBRESEIMIENTO IMPROCEDENTE EN AMPARO PENAL A PESAR DEL, CUANDO EL ACTO RECLAMADO AFECTE EL PATRIMONIO DE TERCEROS (REPARACION DEL DAÑO).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 86

Precedentes

Amparo directo 111/82. Salvador Orozco Velázquez. 16 de febrero de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: J. Espiridión González Mejía. Secretario: Armando Allende Cabral. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "SOBRESEIMIENTO, ES IMPROCEDENTE EL, CUANDO HABIENDO FALLECIDO EL QUEJOSO EL ACTO RECLAMADO AFECTE EL PATRIMONIO DE TERCEROS.".
Registro digital (IUS): 249779