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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249820
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 121
MARCAS, REGISTRO PROCEDENTE DE LAS, SI SE ADUCE, SIN PROBARLO, QUE SE TRATA DE UN NOMBRE FAMOSO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 121
No se surte la hipótesis de la fracción XI del artículo 91 de la Ley de Invenciones y Marcas, con la sola afirmación de que Vidal Sasson es el nombre de un peinador famoso, ya que tal circunstancia no constituye un hecho notorio, en términos del artículo 88 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, sino que debieron haberse aportado elementos para acreditar indubitablemente la fama de esa persona, y no sólo concretarse a afirmar subjetivamente que es muy conocida; en este aspecto conviene señalar que podría ser negado el registro de que se trata, incluso sin prueba alguna al respecto, si se refiriera a un hecho notorio como lo pueden ser en nuestro medio las marcas "Zaga", "Raleigh", "Jean Pierre", "Clemente Jaques", etcétera, pero tratándose de una circunstancia no tan notoria e incluso circunscrita a ciertas personas del sexo femenino y relacionada con la actividad de arreglo del cabello, no puede decirse que se trate de un hecho notorio, máxime si en el caso los artículos que la solicitante desea amparar con la marca Sasson, nada tienen que ver con los peinados.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 1804/82. Creaciones Kena, S.A. 16 de marzo de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Tirado Ledesma. Secretario: Mario Pérez de León E.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "MARCAS. PROCEDENCIA DE SU REGISTRO SI SE ADUCE, SIN PROBARLO, QUE SE TRATA DE UN NOMBRE FAMOSO.".