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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 6/85, resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a. 6, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo 19-21, julio-septiembre de 1989, página 70, con el rubro: "INVENCIONES Y MARCAS, LA FRACCION XI DEL ARTICULO 91 DE LA LEY DE, NO PROHIBE EL USO DE APELLIDOS AISLADOS COMO MARCAS."

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249821
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 121

MARCAS. VALENZUELA NO ES DENOMINACION REGISTRABLE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 121

Precedentes

Amparo en revisión 116/83. Carlos Kably. 14 de junio de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Samuel Hernández Viazcán. Secretario: José Luis García Vasco. Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 6/85, resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a. 6, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo 19-21, julio-septiembre de 1989, página 70, con el rubro: "INVENCIONES Y MARCAS, LA FRACCION XI DEL ARTICULO 91 DE LA LEY DE, NO PROHIBE EL USO DE APELLIDOS AISLADOS COMO MARCAS."
Registro digital (IUS): 249821