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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249863
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 154

PRUEBAS, DESAHOGO DE LAS, NO EFECTUADO POR CULPA DEL OFERENTE. NO CONSTITUYE VIOLACION PROCESAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 154

Precedentes

Amparo directo 702/82. José Méndez Romero. 28 de enero de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretario: Aureliano Pulido Cervantes. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS NO DESAHOGADAS POR CULPA DEL OFERENTE. NO CONSTITUYE VIOLACION PROCESAL.".
Registro digital (IUS): 249863