Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/249872
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
249872
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 162

QUEJA CONTRA AUTO QUE ORDENA REANUDAR EL PROCEDIMIENTO SIN RESOLVER SOBRE LA ACUMULACION, IMPROCEDENCIA DE LA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 162

Precedentes

Queja 62/82. Oficial Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 13 de enero de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretaria: Margarita Beatríz Luan Ramos. Informe 1983, página 74. Queja 92/82. Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 26 de noviembre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretaria: Margarita Beatríz Luan Ramos. Informe 1983, página 74. Queja 80/82. Subsecretario de Inspección Fiscal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 27 de septiembre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Secretaria: Margarita Beatríz Luan Ramos. Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "QUEJA, IMPROCEDENCIA DE LA, CONTRA EL AUTO QUE ORDENA REANUDAR EL PROCEDIMIENTO SIN RESOLVER SOBRE LA ACUMULACION.".
Registro digital (IUS): 249872