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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249899
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 181
SALARIO A COMISION.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 181
El hecho de que el trabajador convenga en que su salario se integrará con determinado porcentaje de las cuentas que llegare a cobrar, no implica que sea un comisionista, es decir, un mandatario especial del patrón, pues la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 83, de manera expresa determina que el salario de un trabajador puede fijarse con base en una comisión.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 228/80. David Flores Quintanar. 18 de febrero de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: J. Antonio Llanos Duarte. Secretario: Oscar Hernández Peraza.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "SALARIO A BASE DE COMISION.".