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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249904
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 183
SEGURO SOCIAL. ACTA DE VERIFICACION. EXCEPCIONES EXTEMPORANEAS CONTRA SU CONTENIDO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 183
Si de acuerdo con los artículos 11, 12, fracción I, 25, fracciones I, III, IV, VI y VII de la Ley del Seguro Social, el Instituto Mexicano del Seguro Social ordenó se practicara visita de verificación a la empresa, la cual arrojó como resultado que se elaboraran los avisos de registro patronal y de inscripción de los trabajadores al sistema de seguridad social, atendiendo al régimen obligatorio que para esa zona se implantaba, la verificación de esos actos no es definitiva, porque de acuerdo con el artículo 20 de la Ley del Seguro Social, la empresa estuvo en aptitud de excepcionarse o plantear alguna duda contra la aludida acta de verificación, pero si no lo hizo, tácitamente los aceptó, y tal conformidad originó que se le diera valor probatorio pleno a la multicitada acta, y que con base en ella, se notificara la liquidación y cobro de cuotas, lo que sí constituye un acto definitivo contra el cual, en términos del artículo 274 de la citada Ley del Seguro Social, sólo procede el recurso aclaratorio y el de inconformidad. Por tanto, si la empresa optó por promover el recurso de inconformidad, no se violan en su perjuicio los preceptos legales relativos ni mucho menos las garantías que le confieren los artículos 14 y 16 constitucionales, puesto que resulta extemporáneo oponer excepciones contra el contenido de dicha acta de verificación, a través del recurso de inconformidad promovido contra la liquidación y cobro de cuotas obrero-patronales, que precisamente tuvieron como apoyo el resultado de la multimencionada acta de verificación.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 9/83. Impulsora Forestal Peninsular, S. de R.L. 26 de mayo de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Cayetano Hernández Valencia. Secretaria: Elvira Concepción Pasos Magaña.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "ACTA DE VERIFICACION. EXCEPCIONES EXTEMPORANEAS CONTRA SU CONTENIDO.".