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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249929
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 203
TESTIGO SINGULAR EN MATERIA LABORAL, VALOR PROBATORIO DEL DICHO DEL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 203
Exclusivamente cuando las autoridades del trabajo estimen en conciencia que el testimonio de una sola persona es suficiente para producirles la íntima convicción de que es cierto el hecho sobre que deponen, puede aceptarse que en materia laboral, por excepción, un testimonio aislado integra prueba plena, sin que en tal caso este cuerpo colegiado pueda sustituir su criterio al de las autoridades del trabajo, por impedirlo el artículo 841 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que, consecuentemente, cuando las referidas autoridades laborales consideren haciendo uso de la facultad de apreciar en conciencia las pruebas, que la declaración de un sólo testigo es insuficiente para integrar prueba plena, este Tribunal Colegiado de acuerdo con el precepto antes invocado, carece también de la facultad de sustituir su criterio al de las autoridades del trabajo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 450/82. Manuel de Jesús Natarem Clemente. 13 de mayo de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretario: Justino Baltazar Castellanos.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 157-162, página 170. Amparo directo 192/81. Martín Ruiz Urbieta. 21 de mayo de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretaria: María Guadalupe Gama Casas.
Informe 1983, página 438. Amparo en revisión 26/82. Benito Nazario Olivera. 23 de abril de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: Jorge Valencia Méndez.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "TESTIGO SINGULAR EN MATERIA LABORAL, VALOR PROBATORIO DEL.".