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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249960
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 233
FIRMA, REVISION CUYO ESCRITO CARECE DE. NO SE LE DEBE DAR CURSO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 233
Si carece de firma el escrito en el que se pretende interponer el recurso de revisión en el juicio de amparo, no se le debe dar curso, ya que la firma es una formalidad esencial para que se trámite cualquier promoción judicial, pues sirve tanto para darle autenticidad a la misma, como para determinar, en su caso, los derechos y obligaciones que adquiere el signante, a virtud del contenido del escrito.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 29/82. "Compañía Minera Sabinas", S.A. 24 de febrero de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Faustino Azpeitia Arellano.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "FIRMA, FALTA DE, EN EL ESCRITO DE REVISION. NO SE LE DEBE DAR CURSO.".