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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 249985
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 19
ALBACEA, EMPLAZAMIENTO A LA SUCESION POR CONDUCTO DEL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 19
Es correcta la notificación practicada a una sucesión por conducto del albacea, aun cuando la cédula correspondiente vaya dirigida en lo personal a dicha albacea, cuando del texto del acuerdo transcrito en la cédula y otros datos, se aprecia que la parte demandada es la sucesión, ya que resulta ilógico pretender que el notificado sólo tuvo conocimiento de la existencia del juicio en lo personal y no como albacea de la sucesión.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 629/82. Sucesión de José Bonilla Montiel. 14 de octubre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretaria: Martha Segovia Cázares.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "ALBACEA DE LA SUCESION, EMPLAZAMIENTO EFECTUADO POR CONDUCTO DEL.".