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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250008
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 35

AUDIENCIA DE CONCILIACION, DEMANDA Y EXCEPCIONES, DIFERIMIENTO DE LA. TERMINO ENTRE LA NOTIFICACION Y LA NUEVA FECHA DE CELEBRACION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 395/82. José Barba González. 5 de noviembre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Faustino Azpeítia Arellano. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "AUDIENCIA EN LOS JUICIOS LABORALES. NUEVA FECHA PARA SU CELEBRACION. TERMINO QUE DEBE MEDIAR.".
Registro digital (IUS): 250008