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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250020
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 45

CICATRICES, NOTABILIDAD DE LAS. FE JUDICIAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 45

Precedentes

Amparo directo 5/82. Valente Romo Flores. 16 de agosto de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael García Valle. Secretario: Héctor Gutiérrez de Velasco Romo. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "CICATRICES. A QUIEN CORRESPONDE PROBARLAS.".
Registro digital (IUS): 250020