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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250047
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 63

DEPOSITO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. NO PUEDE CONSIDERARSE DE BUENA FE SI NO SE PRECISA EL SALARIO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 63

Precedentes

Amparo directo 548/82. Adriana Peña Ramírez. 2 de julio de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretaria: Guadalupe Madrigal Bueno. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. NO PUEDE CONSIDERARSE DE BUENA FE SI NO SE PRECISA EL SALARIO.".
Registro digital (IUS): 250047