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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250083
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 93
JUSTICIA DE PAZ. TESTIGOS. SU CITACION EN EL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 93
El artículo 20, fracción I, del título especial de la Justicia de Paz, establece que las partes deberán presentar a sus testigos, pero el artículo 15 del mismo ordenamiento dispone que los testigos pueden ser citados por conducto del personal del juzgado; la interpretación armónica de ambos preceptos permite considerar que esto último opera cuando el oferente no tiene posibilidad de presentarlos, solución que además de lógica, es acorde con la garantía de audiencia establecida en el artículo 14 constitucional; sin embargo, como tal criterio puede implicar el riesgo de retardar el procedimiento por la práctica viciosa de afirmar inexactamente que no se puede presentar a los testigos en detrimento de la expedición de justicia, debe aplicarse supletoriamente, en lo conducente, lo dispuesto por el artículo 357 del Código de Procedimientos Civiles.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1114/82. Adolfo Islas Cuacuamoxtla. 6 de octubre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María Helen Robles Utrilla.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volúmenes 157-162, página 99. Amparo directo 71/82. Vicenta Cervantes Santana. 18 de marzo de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Corrales González. Secretaria: María Elisa Tejada Hernández.
Volúmenes 151-156, página 105. Amparo directo 651/81. Serafina Meléndez de Martínez. 8 de julio de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María de Lourdes Delgado Granados.