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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250090
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 100
MARCAS, EL ILICITO DEL ARTICULO 211 DE LA LEY DE INVENCIONES Y, FRACCIONES IV Y V, SE REFIERE AL USO, VENTA Y CIRCULACION, NO A LA SIMPLE FABRICACION PARA TERCEROS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 100
La fabricación para terceros de parches para la ropa, semejantes a la figura que está registrada como marca, no configura el ilícito previsto por el artículo 211, fracciones IV y V, de la Ley de Invenciones y Marcas, porque el precepto se refiere al uso o aplicación de la marca en las mercancías que se ofrezcan en venta o pongan en circulación y no simplemente a la fabricación de la figura, para ser empleada por terceros.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 2098/81. Chemise Lacoste Societe Anonyme. 12 de agosto de 1982. Mayoría de votos. Ponente relator contra el voto del Magistrado Juan Gómez Díaz.