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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250117
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 122

QUEJA, IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 122

Precedentes

Queja 23/82. Javier Armenta Gómez. 20 de octubre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretaria: Rosa María López Rodríguez. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSO DE QUEJA, IMPROCEDENCIA DEL.".
Registro digital (IUS): 250117