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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250119
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 124

QUEJA POR EXCESO O DEFECTO EN LA EJECUCION DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO, PROCEDENCIA DEL RECURSO DE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 124

Precedentes

Amparo directo 287/81. Roque Ancheyta Utrilla. 24 de septiembre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretaria: María Guadalupe Gama Casas. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "QUEJA, PROCEDENCIA DEL RECURSO DE, POR EXCESO O DEFECTO EN LA EJECUCION DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO.".
Registro digital (IUS): 250119