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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250137
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 135

REVISION, AVISO DE INTERPOSICION DEL RECURSO DE. SU FALTA HACE IMPROCEDENTE EL RECURSO EN CONTRA DE LA SENTENCIA SI ESTA SE DECLARO EJECUTORIADA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 135

Precedentes

Reclamación 10/82. Efrén Jaime Salazar Villa y coagraviados. 24 de septiembre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: José L. Fuerte Chávez. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION, RECURSO DE. FALTA DE AVISO DE SU INTERPOSICION. HACE IMPROCEDENTE EL INTERPUESTO EN CONTRA DE LA SENTENCIA, SI ESTA SE DECLARO EJECUTORIADA.".
Registro digital (IUS): 250137