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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
250149
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 146

SENTENCIA FAVORABLE, REVISION IMPROCEDENTE INTERPUESTA POR QUIEN OBTUVO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 146

Precedentes

Amparo en revisión 322/82. Emma Teresa Reyes Roque. 28 de octubre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Secretario: Rafael López López. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION IMPROCEDENTE. DEBE DESECHARSE LA INTERPUESTA POR QUIEN OBTUVO SENTENCIA FAVORABLE.".
Registro digital (IUS): 250149