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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250150
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 146
SENTENCIAS DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, NULIDAD DECRETADA EN LAS, DE LA RESOLUCION O PROCEDIMIENTO IMPUGNADO, POR HABER SIDO EMITIDOS POR AUTORIDAD INCOMPETENTE. NO ADMITE EFECTOS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 146
Las sentencias del Tribunal Fiscal de la Federación en las que se declare la nulidad de la resolución o procedimiento impugnado, por haber sido emitidos por autoridad incompetente, no deben dictarse para efectos de que dicha resolución declarada nula, la emita la autoridad competente, o bien aquella a quien la Sala del conocimiento estime competente, ya que tal situación podría considerarse en el sentido de que la resolución carente del requisito fundamental exigido tanto por la Constitución Federal como por la ley, de que todo acto de autoridad sea emitido por autoridad competente, puede ser sustituido por un acto posterior, ya que puede acontecer que ni siquiera aquella autoridad a quien en una sentencia se considere competente, legalmente lo sea. La competencia de la autoridad sólo surge de la ley y no de un acto distinto, inclusive de una sentencia pronunciada en un juicio de nulidad en el que no figure como parte aquella autoridad a quien se le atribuyen facultades para actuar.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1133/81. Fernando Carrera Pérez. 5 de octubre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: Alejandro Garza Ruiz.