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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250154
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 149
SOBRESEIMIENTO POR INACTIVIDAD PROCESAL, HASTA QUE MOMENTO OPERA EL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 149
De conformidad con la fracción V del artículo 74 de la Ley de Amparo, el sobreseimiento opera "cualquiera que sea el estado del juicio", o sea, aun cuando se encuentre pendiente únicamente del dictado del pronunciamiento del fallo que decida el fondo de amparo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 443/82. Hortensia González Vega. 30 de septiembre de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: J. Espiridión González Mejía. Secretario: Luis Gutiérrez Vidal.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "SOBRESEIMIENTO POR INACTIVIDAD PROCESAL.".