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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 250171
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 161
TESTAMENTO, NULIDAD DEL. QUIENES ESTAN LEGITIMADOS PARA RECLAMARLA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 163-168, Sexta Parte; Pág. 161
El Código Civil del Estado de Veracruz no limita el ejercicio de la acción de nulidad de un testamento a los herederos declarados, motivo por el cual cualquiera persona que tenga interés jurídico en obtener la declaración de ineficacia puede hacer valer dicha acción.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 191/81. Marina Tassinari de Collado. 19 de agosto de 1982. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Uribe García. Secretario: José Luis Arellano Pita.